Ir al contenido
Inicio » ¡Otra vez sopa! Brasil vuelve a pedir barbijos en aviones y aeropuertos

¡Otra vez sopa! Brasil vuelve a pedir barbijos en aviones y aeropuertos

Brasil volvió a indicar la Uso obligatorio de mascarilla, barbijo o cubrebocas en terminales aeroportuarias, medios de transporte (incluidos aviones) y otros establecimientos situados en el recinto aeroportuario.

La resolución de la Anvisa del 22/11/2022 modificó la recomendación de uso de mascarilla y la reconsideró obligatorio.

De esta forma, ya no se recomienda el uso de mascarillas para volver a estar requerido en los espacios indicados.

El Consejo de Administración Colegiado de la Anvisa aprobó, en esta terça-feira (22/11), resolución que modifica la Resolución del Consejo de Administración Colegiado (RDC) 456/2020, elaborando nuevas medidas a ser adoptadas en aeropuertos y aeronaves, bajo el escenario epidemiológico del Covid-19 no país. Una movida se refiere a la vuelta de la obligatoriedad del uso de mascarillas en estos entornos.

Para subsidiar la evaluación del escenario epidemiológico, la Agencia realizó, en la última segunda feria (21/11), una reunión con especialistas para discutir los datos disponibles. Participarán de encuentros con representantes de la Sociedad Brasileña de Enfermedades Infecciosas (SBI), el Consejo Nacional de Secretarios de Salud (Conass), el Consejo Nacional de Secretarios Municipales de Salud (Conasems), la Fundación Oswaldo Cruz (Fiocruz) y el Colectivo Brasileño Asociación de Salud Pública (Abrasco), junto a dos epidemiólogos Carla Domingues y Wanderson Oliveira.

Los participantes del encuentro destacarán que los datos epidemiológicos demandan el retorno de las medidas de protección no farmacológicas, como el uso de mascarillas, principalmente no en el transporte público, en aeropuertos y ambientes cerrados/confinados.

Según el director Alex Campos, quien propone medir, “el uso de mascarillas en ambientes de mayor riesgo, por sus características de confinamiento, circulación y aglomeración de personas, representa un acto de ciudadanía y protección a la comunidad y pretende mitigar el riesgo de transmisión y contagio de doença”.

comprender

El uso de mascarillas está previsto como recomendación desde agosto de este año, principalmente para personas con síntomas gripales y para el público más vulnerable, como inmunodeprimidos, embarazadas y personas mayores, de acuerdo con la RDC 456/2020.

El director Daniel Pereira, relator del tema, presentó una votación con base en la posición del área técnica, sugiriendo reforzar la recomendación para el uso de mascarillas por parte de los viajeros.

En conclusión, ante dos datos epidemiológicos actuales, que indican un aumento en el número de casos de Covid-19 en la población brasileña, la Dirección Colegiada entiende que es necesario retomar la obligación de uso de máscaras de protección facial en aeropuertos y aeronaves, en para contrarrestar Difusión de la doença entre la población que utiliza estos ambientes, ya sea para el trabajo o para la locomoción.

También se consideró el comportamiento de la pandemia con características estacionales, ya que en los últimos años se observó en Brasil un aumento en la transmisión del virus en los meses de noviembre a enero, cuadro que podría agravarse aún más por el mayor flujo esperado de viajeros que ir a los aeropuertos para ferias escolares y fiestas de fin de año.

Anvisa realizó, por primera vez, dentro de sus competencias legales, después de una evaluación robusta del escenario epidemiológico brasileño y mundial, la observación del comportamiento de la pandemia en los últimos años, la prospección de datos relacionados con los indicadores de la pandemia y científica estudios, adaptándose como Rendimientos reales proporcionalmente al riesgo para la salud de la población.

La Agencia continuará atenta, evaluando y monitoreando los datos epidemiológicos, para que las medidas sean revisadas cuando sea necesario, con el fin o cumplimiento de su misión de proteger la salud de las personas.

nuevas reglas

La nueva resolución aprobada por la Anvisa prevé que El uso de cubrebocas es obligatorio dentro de dos terminales aeroportuarias, medios de transporte y otros establecimientos ubicados en el recinto aeroportuario.

Cabe señalar que la norma prohíbe el uso de:

  • mascarillas acrílicas o de plástico;
  • máscaras equipadas con válvulas de caducidad, incluidas N95 y PFF2;
  • Lenços, pañuelos de tela o cualquier otro material que no se caracterice como máscara protectora para uso profesional o para uso no profesional;
  • careta (careta) en aislamiento;
  • máscaras protectoras para uso no profesional hechas con una sola capa o que no observan los requisitos mínimos establecidos en ABNT PR 1002 – Guía de requisitos básicos para métodos de prueba, fabricación y uso.

Según la resolución, las mascarillas deberán utilizarse ajustadas al rostro, cuello o nariz, mejilla y boca, minimizando los espacios que permitan la entrada o salida de aire y gotitas respiratorias.

Se dispensará de la obligación de uso de mascarillas en el caso de personas con trastorno del espectro autista, con deficiencia intelectual, con deficiencias sensoriales o con quaisquer otras deficiencias que se vean impedidas por el uso adecuado de la mascarilla de protección facial, así como en el caso de niños con menos de 3 (tres) años de edad. Asimismo, está permitido quitarse la mascarilla exclusivamente:

I – no dentro de la aeronave, para:

a) hidratación;

b) alimentación durante el servicio a bordo.

II – en los comedores o áreas destinadas exclusivamente para la realización de recepciones en las dos terminales aeroportuarias, para:

a) hidratación;

b) alimentación.

III – en los demás ambientes dos terminales aeroportuarios, para:

a) hidratación;

b) alimentación.

Finalmente, la norma aprobada establece que los vehículos utilizados para el desplazamiento de pasajeros para el embarque o desembarque en zonas remotas deberán garantizar que los pasajeros y automovilistas mantengan el uso obligatorio y adecuado de cubrebocas dentro del medio de transporte.

Anvisa destaca que se mantiene la posibilidad de dos servicios a bordo en los vuelos nacionales, de acuerdo con la decisión adoptada el 13/05/22, por medio de la RDC 684/2022.

La nueva resolución entrará en vigor en la próxima sexta feria, el 25 de noviembre.

Aceptar, en su totalidad, los votos que se refieren a la deliberación de la Junta Directiva Colegiada:

– voto del director Alex Campos.

– voto del director Daniel Meirelles.

Nota: Esta publicación puede contener enlaces de afiliado por los que recibimos una compensación económica en el caso de que realices una compra o contratación, sin que ello suponga un gasto extra para ti. Más información.

Leer la nota Completa > ¡Otra vez sopa! Brasil vuelve a pedir barbijos en aviones y aeropuertos