La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires ha establecido la designación de un delegado electoral, representante de ese organismo, en cada uno de los lugares donde funcionarán los colegios electorales para las elecciones del próximo año.
Mediante resolución publicada este lunes en el Diario Oficial de la Unión, el organismo dispuso además la conformación del “Registro de Delegados Electorales”, a cargo de la Dirección Técnica Electoral, dependiente de la Secretaría de Acción de la Junta Electoral.
En ese contexto, se aclaró que “quienes integran el Registro no podrán estar afiliados a ninguna asociación política, ni podrán ser candidatos a ningún cargo electivo en el proceso electoral para el que sean postulados”, y se detalló que recibir compensación.
Los delegados electorales deberán verificar e informar las condiciones relativas a la edificación y adecuación funcional de los establecimientos preseleccionados como colegios electorales.
Para ello, deberán presentarse en el colegio electoral, en el día y hora que establezca esta Junta Electoral -incluido el día anterior a la elección-, para recibir la documentación y material electoral entregado por Correo Oficial, depositándolo -en su caso- en la custodia del Comando Electoral hasta su entrega a las mesas de votación respectivas.
Deberán auxiliar a las autoridades electorales en la oportuna constitución de las mesas electorales; y por si acaso…
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